Pregunta del 9 de agosto de 2007:
La puesta en marcha del plan de depuración de aguas residuales exige que el Ayuntamiento aporte
un terreno para ubicar la depuradora que nos corresponde. En principio dicha depuradora iba a instalarse en el Sòl de l’horta, después
se dijo que si en
Por ello, PREGUNTO, si ahora ya se sabe la ubicación exacta de la depuradora.
Contestación
del día 18 de septiembre de 2007:
En estos momentos, estamos a la espera de la ubicación definitiva, ya que el propietario de la finca donde debería estar ubicada, no está de acuerdo, y presentó alegaciones en tiempo y forma.
Insisto el 14 de diciembre de 2007:
En mis preguntas del 9 de agosto, preguntaba dónde iba a instalarse la depuradora.
Se me contestó diciendo que “En estos momentos, estamos a la espera de la ubicación definitiva, ya que el propietario de la finca
donde debería estar ubicada, no está de acuerdo, y presentó alegaciones en tiempo y forma.”. Por medio del Decreto de Alcaldía 01/07
de 5 de enero de 2007 se desestimaron las alegaciones presentadas por el dueño de la finca, contra esta resolución interpuso recurso
de reposición y mediante el Decreto de Alcaldía 14/07 se desestimó el recurso de reposición. O sea, cuando yo formulé esta pregunta
en el Pleno del 9 de agosto de 2007, ya no existía alegación alguna por resolver. Usted no puede sacar la excusa para no contestar
de que el propietario de la finca presentó alegaciones en tiempo y forma, porque a 9 de agosto estas alegaciones ya estaban desestimadas.
Además en el Pleno del 9 de marzo de 2007, se autorizó la licencia de actividad al Instituto Aragonés del Agua para
No recibí
contestación.