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Dudas sobre afirmaciones de la depuradora.

Pregunta del 22 de diciembre de 2008

 

En el Pleno del 30 de julio de 2008, sobre el tema de la depuradora, le indiqué que ninguna normativa ni europea, estatal o autonómica obligaba a escoger un tipo u otro de depuradora. Usted insistió en asegurarme que la Unión Europea estableció que las depuradoras serían iguales para todos los estados miembros y añadió que ya me lo mostraría. De momento no me lo ha mostrado.

Yo le invité a que repasáramos todas las leyes y normativas sobre la depuración de aguas residuales en Europa y que si Usted tenía razón, no tendría inconveniente en reconocérsela, pero también esperaba que si la tenía yo, me la reconociera.

He estado consultado la normativa y no he encontrado nada que indique que obligatoriamente debería de utilizarse un tipo concreto de depuradora. Es más en la página web del Gobierno de Aragón explica claramente que “No todas las depuradoras son iguales”, puede consultarlo en:

http://portal.aragon.es/portal/page/portal/IAA/DEPURACION/RESIDUALES

La Directiva 91/271/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1991 sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, indica los parámetros que se deben de conseguir en la depuración de las aguas pero en ningún momento obligan a utilizar un tipo u otro de depuradora.

Por ello, pregunto:

¿Me puede mostrar la norma por la cual la Unión Europea estableció que las depuradoras serían iguales para todos los estados miembros?

 

Respuesta en el Pleno del 23 de marzo de 2009:

El proyecto de este Ayuntamiento sobre la depuración de aguas residuales cumple todos los requisitos que, tanto la normativa europea, como la de la Comunidad Autónoma, exigen.

 

Vuelvo a preguntar el 11 de agosto de 2009:

 

El 22 de diciembre de 2008, le hice la siguiente pregunta:

¿Me puede mostrar la norma por la cual la Unión Europea estableció que las depuradoras serían iguales para todos los estados miembros?”.

 

Me respondió el 23 de marzo de 2009 diciendo que El proyecto de este Ayuntamiento sobre la depuración de aguas residuales cumple todos los requisitos que, tanto la normativa europea, como la de la Comunidad Autónoma, exigen.”

No me ha contestado a la pregunta que le hice.

El tema de la depuración de aguas residuales es muy importante, por la fuerte carga económica que supondrá para nuestros vecinos el pago del Canon de Saneamiento.

Cuando se ponga en marcha el cobro del Canon de Saneamiento, espero que no trate de justificarse ante nuestros vecinos alegando que es una imposición de la DGA o del Gobierno Central o de la Unión Europea. Lo más fácil es aceptar las indicaciones que nos marcan desde Zaragoza. No hacer nada, dejar pasar el tiempo y después excusarse dándole la responsabilidad a las diferentes administraciones.

Usted ha estado convenientemente informado desde mayo de 2005, de posibles soluciones para evitar a todos los nonaspinos el pago de esta importante tasa.

Además, tiene un claro ejemplo en la población vecina de Fabara. Allí solo pagan por este tema el importe de unos 46 € anuales por familia.

Siempre ha negado la legalidad y el funcionamiento de la solución que se ha dado en Fabara para evitar el Canon de Saneamiento.

En primer lugar, ha desconfiado del buen funcionamiento de la Planta Depuradora Biológica de Aguas Residuales Fabara. Por ello, en julio de 2008, le entregué un folleto sobre dicha Planta. En él se describía su funcionamiento así como sus ventajas medioambientales y económicas. También le facilité la dirección y los teléfonos de los catedráticos que editaron el folleto y que son responsables de dicha planta depuradora, D. Jesús Fernández González y D. José de Miguel Muñoz de la Universidad Politécnica de Madrid. Yo ya había hablado con el Sr. Jesús Fernández y él estaba dispuesto a conversar con Usted, para despejarle todas sus dudas. Solo se le ocurrió tachar a este folleto de “tebeo”. Ya veo la autoridad académica que le merecen estos dos catedráticos. Sin comentarios.

Otro de sus argumentos ha sido el asegurarnos que las normativas obligaban a que todas las plantas depuradoras fueran iguales, con afirmaciones como:

“La Comunidad Europea optó por un tipo de depuradora y fue aprobado por todos los Gobiernos. Nos tenemos que guiar por las aprobaciones de la Comunidad Europea, por el Gobierno de Madrid y el de Aragón, el cual supongo que se habrán informado de qué depuradoras dan mejor van mejor y allí estarán, pues no sé cuantas Universidades estarán representadas.” (Pleno de 14/12/07).

“El señor Alcalde responde reiterando que en la Unión Europea se estableció que las depuradoras serían iguales para todos los estados miembros y después esta normativa se desarrolló por las Cortes de Aragón indicando que ya se lo mostrará”. (Pleno de 30/07/08). 

Aún estoy esperado que me muestre esta normativa.

Aunque me lo quiso negar, el 3 de octubre de 2005, cedió la gestión de las aguas residuales de Nonaspe al Instituto Aragonés del Agua, por lo que, desde este mismo momento abandonó todo intento de buscar una solución más económica para nuestros vecinos. En el Pleno de 30 de julio de 2008, me afirmó que“la competencia de las aguas residuales se la ha quedado el Ayuntamiento”. Tuve que leerle la cláusula novena del Convenio de Colaboración entre el Instituto Aragonés del Agua y el Ayuntamiento de Nonaspe en la que se indica que nuestro Ayuntamiento delegaba la competencia sobre depuración de aguas.

También en el Pleno de 14/12/07 afirmó que: “Las aguas de Fabara tienen que estar bien depuradoras porque nosotros estamos debajo. El Alcalde dice que esta dispuesto a pedir un análisis de las aguas y si es preciso denunciar su mal estado.”. Puesto que la depuradora biológica de Fabara lleva más de un año en funcionamiento, ¿Ha pedido algún análisis para ver si cumple con los niveles mínimos exigibles por la Directiva Europea?.

 

Respuesta en el Pleno del 25 de septiembre de 2009:

 

“…las quince preguntas que Ud. me hace, ya se las he contestado, no sé cuantas veces y todas, absolutamente todas, se han tratado y discutido en los diferentes plenos… Volviendo a las preguntas de su escrito, dónde Ud. mismo pone las fechas de los plenos en las que se han contestado, decirle que no se las voy a volver a explicar. Porque, según percibo, no las volvería a entender…”

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Datos sobre el funcionamiento y coste de la depuradora de Favara
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